martes, julio 12, 2005

Reclamo contra el Estado chileno por el acceso a información

La Asociación por los Derechos Civiles de Chile, junto a otras organizaciones de la sociedad civil de la región denunciaron al Estado chileno por negar acceso a información pública. Es un caso testigo que puede servir en otros países de la región.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) demandó al Estado Chileno ante la Corte Interamericana de San José de Costa Rica por violar el derecho de acceso a la información pública.
La causa es especialmente importante, porque por primera vez, la Corte Interamericana de Derechos Humanos deberá manifestarse sobre el derecho de los ciudadanos a acceder a información pública.

La demanda fue originada por la Fundación Pro Acceso a la Información Pública de Chile ante la Comisión Interamericana, frente a la negativa del Comité de Inversiones Extranjeras (CEI) de brindar información solicitada por una ONG y un diputado, sobre un proyecto de deforestación conocido como "Río Cóndor".

El Estado chileno se negó a proveer la información y la posición fue avalada por la justicia local, lo que originó la denuncia internacional.

Según los denunciantes, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce a toda persona el derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole y a los Estados impone la obligación de garantizar este derecho.(PULSAR)

jueves, mayo 12, 2005

Proyecto de ley de acceso a la información en Paraguay

Un grupo de 23 organizaciones civiles paraguayas presentó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley de libre acceso a la información pública.

El texto de 21 artículos pretende establecer normas que obliguen al funcionario estatal a dar información y dispone hasta pena de cárcel para quienes intenten ocultar datos. Un texto similar en el 2001 había sido modificado profundamente por la Cámara de Senadores y dio lugar a una ley que impedía el trabajo de los periodistas, pero finalmente fue derogada.El grupo impulsor de acceso a la información pública (GIAI), que reúne a 23 organizaciones civiles y que cuenta con el apoyo de la Agencia Norteamericana de Cooperación Internacional (USAID, por sus siglas en inglés), entregó ayer a la mesa directiva de la Cámara de Diputados el proyecto de ley de libre acceso a la información pública.
Del texto, que contiene 21 artículos, se hicieron cargo las autoridades de la Cámara y otros 16 legisladores de diferentes bancadas. Tendrá entrada oficial en la próxima sesión de la Cámara y será girado a comisiones para su estudio.
Este proyecto de ley se suma a uno similar que está en comisiones y que fue presentado en el 2001 por el diputado Rafael Filizzola (PS).
En líneas generales, el proyecto presentado ayer pretende establecer normas claras que obliguen al empleado estatal a entregar información fidedigna y documentada a cualquier ciudadano. (Ver cuadro al lado.) Incluso dispone penas carcelarias para aquellos que de cualquier manera impidan que el ciudadano tenga esa información.
Se establecen también una serie de artículos donde se consigna, entre otras cosas, que la información que afecte sensiblemente al sector financiero o que atente contra la intimidad de las personas no puede ser divulgada.
Un texto similar que fue modificado sustancialmente en el Senado en el 2001 se convirtió en ley y generó limitaciones severas para la labor de la prensa. Solo después de la crítica generalizada de la población esa ley fue derogada.
El periodista Benjamín Fernández Bogado, en representación del GIAI, presentó el trabajo y aseguró que lleva en sí "un gran esfuerzo y un gran compromiso de transparentar" la función pública. "Creemos que una información pública abierta y transparente para toda la sociedad es la mejor garantía para la sustentabilidad democrática. No es simplemente hacer que el Estado sea más visible a los ciudadanos, sino por sobre todo hacer que el Estado sea parte de cada ciudadano", remarcó.Algunos puntos del proyecto de ley
Artículo 3
La solicitud de información y acceso a documentos de carácter público puede hacerse sin expresión de las razones que la motivan.
Artículo 4
Están obligados a proporcionar información pública, de conformidad con esta ley, todas las reparticiones públicas y los entes autónomos, los entes autárquicos, las empresas con participación estatal mayoritaria, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta, entes reguladores o de control y cualquier otra entidad descentralizada del Estado.
Artículo 6
A los efectos de facilitar el acceso a la información, los sujetos obligados deben recopilar y tener actualizada la información pública que deban crear u obtener, así como difundirla por Internet y publicarla por cualquier otro medio idóneo.
Artículo 8
Sólo podrá ser limitado el acceso a la información pública con base en disposiciones legales específicas.
Artículo 17
El funcionario que ante una solicitud de acceso a la información omitiera el deber de expedirse fundadamente, en forma arbitraria denegara una solicitud de acceso a la información; suministrara injustificadamente la información en forma incompleta o de cualquier modo obstaculizara la entrega de la información, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa.

sábado, octubre 23, 2004

Oficinas públicas chilenas no podrán negar información

Oficinas públicas chilenas no podrán negarse a entregar información
La Contraloría calificó como ilegal diferentes resoluciones de varios servicios públicos en los que decretaban como secreto variada información de sus oficinas.
Como “una de las victorias más importantes de los últimos años en el ámbito de los derechos ciudadanos” fue calificado por organizaciones ciudadanas el dictamen de la Contraloría General de la República que ordenó a todas las reparticiones públicas y ministerios a terminar con la práctica ilegal de declarar “secreta” cierta información que, por su naturaleza, tiene carácter de pública.
El documento del ente contralor contiene impugnación a unas 50 diferentes Resoluciones de oficinas estatales, en las que algunas, incluso, declaraban secreto la publicación de los salarios de los funcionarios públicos, la información de los trámites de entrega de concesiones acuícolas y las declaraciones de intereses de los empleados fiscales, entre otras.

Desde 2001 diversas oficinas públicas comenzaron a dictar resoluciones que declaraban "secreta", información de relevancia para la ciudadanía, lo que implicaba que dichos antecedentes sólo podrían ser conocidos después de 20 años, existiendo una limitación expresa para su difusión por medio de la prensa.

Por tal motivo, en el mes de mayo de 2003, se solicitó un pronunciamiento de la Contraloría General de la República respecto de 50 resoluciones que, a esa fecha, estaban vulnerando los derechos de los ciudadanos. Este libelo impugnatorio, redactado por el abogado ambientalista Moisés Sánchez (Jornadas en Re), fue suscrito por Patricio Herman (Agrupación “Defendamos la Ciudad”), Antonio García (Cívika, derechos ciudadanos), Edgardo Condeza (Movimiento por los Derechos y la Consulta Ciudadana), y contó con el apoyo de “Ciudad Viva” y el consejero regional metropolitano Pedro Saitz.

Moisés Sánchez, abogado que redactó la impugnación afirmó que “este dictamen constituye una oportunidad única para poner fin a una práctica ilegal que se venía desarrollando desde hace más de tres años por parte de toda la administración pública, y que implicaba que la ciudadanía estaba contando cada vez con menores espacios de participación efectiva en las decisiones de la autoridad, y con casi un nulo acceso a la información” Sánchez agrego que “ahora, con este dictamen, los ciudadanos hemos recuperado los espacios que querían sernos arrebatados bajo la fórmula del ‘secreto’”.

Por su parte el Doctor Edgardo COndeza que lidera el Movimiento por los Derechos y la Consulta Ciudadana opinó que esta sistemática práctica de decretar como secreto información pública obedece a “una falta de ética y principios de ciertos funcionarios públicos” que se da en un contexto de “modelo ideológico, económico y social” y de una falta de cultura y educación cívica.
El doctor Condeza agregó que el dictamen de Contraloría “es trascendental” para el acceso a la información y la participación ciudadana, pero que hay que seguir avanzando en el reclamo de estos derechos pues se debe disminuir la el alto poder de “discrecionalidad que tienen ciertos funcionarios públicos” para decretar ciertas decisiones. Dentro de sus contenidos, el dictamen cuestiona la legalidad de todos estos decretos, y específicamente ordena que sean de dominio públicos los siguientes antecedentes que fueron declarados secretos de forma ilegal: - Información de remuneraciones de personal, y la relativa a los juicios y reclamaciones interpuestas ante tribunales en contra del servicio, entre otras materias (CONAMA).- Procesos disciplinarios de funcionarios públicos (Tesorería General de la República, Servicio médico Legal, Dirección de Presupuestos, Caja de Previsión de la Defensa Nacional y Subsecretaría de Marina)- Declaraciones de intereses de ejecutivos y actas de sesiones del consejo (Caja de Previsión de la Defensa Nacional)- Documentos que respalden egresos y contratos suscritos por el servicio (Tesorería General de la República)- Decisiones respecto de estudios y análisis de temas de cualquier naturaleza (Dirección de Presupuestos)- Trámites previos al pronunciamiento del cualquier acto administrativo, Decreto Supremo de nombramiento del Comandante en Jefe de la Armada y antecedentes relativos a concesiones marítimas (Subsecretaría de Marina).

De esta forma, este dictamen ordena a todas las reparticiones que han dictado resoluciones de secreto o reserva, a que las reexaminen modificándolas a la brevedad, de manera de no afectar el principio de publicidad de los actos de la administración, sentando un importante precedente en la aplicación de la normativa de publicidad de los actos públicos, al limitar de manera genérica los alcances del secreto. Con posterioridad a la fecha de la reclamación, se han publicado otras 60 resoluciones de secreto, las que también deben ser modificadas en conformidad a los criterios establecidos en este dictamen.

Oficinas públicas no podrán negarse a entregar información

La Contraloría General de la República, en Chile calificó como ilegal diferentes resoluciones de varios servicios públicos en los que decretaban como secreto variada información de sus oficinas.

Como “una de las victorias más importantes de los últimos años en el ámbito de los derechos ciudadanos” fue calificado por organizaciones ciudadanas el dictamen de la Contraloría General de la República que ordenó a todas las reparticiones públicas y ministerios a terminar con la práctica ilegal de declarar “secreta” cierta información que, por su naturaleza, tiene carácter de pública.
El documento del ente contralor contiene impugnación a unas 50 diferentes Resoluciones de oficinas estatales, en las que algunas, incluso, declaraban secreto la publicación de los salarios de los funcionarios públicos, la información de los trámites de entrega de concesiones acuícolas y las declaraciones de intereses de los empleados fiscales, entre otras.
Desde 2001 diversas oficinas públicas comenzaron a dictar resoluciones que declaraban "secreta", información de relevancia para la ciudadanía, lo que implicaba que dichos antecedentes sólo podrían ser conocidos después de 20 años, existiendo una limitación expresa para su difusión por medio de la prensa.
Por tal motivo, en el mes de mayo de 2003, se solicitó un pronunciamiento de la Contraloría General de la República respecto de 50 resoluciones que, a esa fecha, estaban vulnerando los derechos de los ciudadanos.
Este libelo impugnatorio, redactado por el abogado ambientalista Moisés Sánchez (Jornadas en Re), fue suscrito por Patricio Herman (Agrupación “Defendamos la Ciudad”), Antonio García (Cívika, derechos ciudadanos), Edgardo Condeza (Movimiento por los Derechos y la Consulta Ciudadana), y contó con el apoyo de “Ciudad Viva” y el consejero regional metropolitano Pedro Saitz.
Moisés Sánchez, abogado que redactó la impugnación afirmó que “este dictamen constituye una oportunidad única para poner fin a una práctica ilegal que se venía desarrollando desde hace más de tres años por parte de toda la administración pública, y que implicaba que la ciudadanía estaba contando cada vez con menores espacios de participación efectiva en las decisiones de la autoridad, y con casi un nulo acceso a la información” Sánchez agrego que “ahora, con este dictamen, los ciudadanos hemos recuperado los espacios que querían sernos arrebatados bajo la fórmula del ‘secreto’”.
Por su parte el Doctor Edgardo Condeza que lidera el Movimiento por los Derechos y la Consulta Ciudadana opinó que esta sistemática práctica de decretar como secreto información pública obedece a “una falta de ética y principios de ciertos funcionarios públicos” que se da en un contexto de “modelo ideológico, económico y social” y de una falta de cultura y educación cívica.
El doctor Condeza agregó que el dictamen de Contraloría “es trascendental” para el acceso a la información y la participación ciudadana, pero que hay que seguir avanzando en el reclamo de estos derechos pues se debe disminuir la el alto poder de “discrecionalidad que tienen ciertos funcionarios públicos” para decretar ciertas decisiones.
Dentro de sus contenidos, el dictamen cuestiona la legalidad de todos estos decretos, y específicamente ordena que sean de dominio públicos los siguientes antecedentes que fueron declarados secretos de forma ilegal: - Información de remuneraciones de personal, y la relativa a los juicios y reclamaciones interpuestas ante tribunales en contra del servicio, entre otras materias (CONAMA).- Procesos disciplinarios de funcionarios públicos (Tesorería General de la República, Servicio médico Legal, Dirección de Presupuestos, Caja de Previsión de la Defensa Nacional y Subsecretaría de Marina)-
Declaraciones de intereses de ejecutivos y actas de sesiones del consejo (Caja de Previsión de la Defensa Nacional)- Documentos que respalden egresos y contratos suscritos por el servicio (Tesorería General de la República)-
Decisiones respecto de estudios y análisis de temas de cualquier naturaleza (Dirección de Presupuestos)- Trámites previos al pronunciamiento del cualquier acto administrativo, Decreto Supremo de nombramiento del Comandante en Jefe de la Armada y antecedentes relativos a concesiones marítimas (Subsecretaría de Marina).
De esta forma, este dictamen ordena a todas las reparticiones que han dictado resoluciones de secreto o reserva, a que las reexaminen modificándolas a la brevedad, de manera de no afectar el principio de publicidad de los actos de la administración, sentando un importante precedente en la aplicación de la normativa de publicidad de los actos públicos, al limitar de manera genérica los alcances del secreto.
Con posterioridad a la fecha de la reclamación, se han publicado otras 60 resoluciones de secreto, las que también deben ser modificadas en conformidad a los criterios establecidos en este dictamen.

Acceso a la Información Pública en Guatemala

El jueves 21 de octubre la Asociación de Investigaciones y Estudios Sociales (Asies) de Guatemala presentó a diversos sectores de la sociedad tres anteproyectos de ley, que buscan fortalecer el poder civil y contribuir al avance de los procesos de reforma y gobernabilidad democrática.

Ley sobre el libre acceso a la información y clasificación y desclasificación de información estatal; ley de servicios de seguridad privada, y la ley de orden público, son las propuestas del proyecto denominado Implementación de la agenda legislativa de los acuerdos de paz, en el ámbito de seguridad democrática. Fue ejecutado por Asies y financiado por organismos internacionales.

Las propuestas

El anteproyecto de libre acceso a la información considera tres aspectos: el derecho de acceso a la información pública, a los datos personales que se encuentran en archivos gubernamentales, así como los que se localizan en archivos privados.
Sobre la ley de servicios de seguridad privada, Asies hace ver la necesidad de que exista una ley que regule a las empresas privadas, ya que el número sobrepasa al de los agentes de la Policía Nacional Civil.
Asies propone en la ley de orden público modificar algunos de sus artículos, ya que contiene “incoherencias conceptuales y no responde a los compromisos de los acuerdos de paz”.

Acceso a la Información Pública en la región

Cuarenta años después de que Estados Unidos creara el Acta de Libertad de Información, varios países latinoamericanos han aprobado, o están bosquejando, sus propias leyes de acceso.
Un texto reciente de la revista Global Journalist examina la situación en varias naciones.
Aunque algunos países ya tienen leyes de acceso, muchos carecen de la infraestructura necesaria para reforzarlas, dice el artículo.
El reportaje escrito por María Agustina Guerrero cubre el estado de la accesibilidad a la información en Panamá, Perú, México, Ecuador, República Dominicana, Colombia, Paraguay, Argentina y Brasil.

http://www.globaljournalist.org/magazine/2004-3/latinamerica.html

Persisten obstáculos para la información pública

Cuarenta años después de que Estados Unidos creara el Acta de Libertad de Información, varios países latinoamericanos han aprobado, o están bosquejando, sus propias leyes de acceso. Un texto reciente de la revista Global Journalist examina la situación en varias naciones.
Aunque algunos países ya tienen leyes de acceso, muchos carecen de la infraestructura necesaria para reforzarlas, dice el artículo de la periodista Maria Agustina Guerrero. El reportaje cubre el estado de la accesibilidad a la información en Panamá, Perú, México, Ecuador, República Dominicana, Colombia, Paraguay, Argentina y Brasil.

El artículo se puede leer en http://www.globaljournalist.org/magazine/2004-3/latinamerica.html

lunes, octubre 18, 2004

Una ley que no admite postergación

Editorial publicada en La Nación de Buenos Aires el 17 de octubre de 2004

La reciente visita a Buenos Aires de Kevin Goldberg, especialista norteamericano en temas sobre la relación entre el Estado y los ciudadanos –en una reunión que fue organizada por el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) y a la que asistió el jefe de Gabinete, Alberto Fernández–, permitió conocer cómo funciona en su país una ley vital que posibilita a los ciudadanos el acceso a la información sobre el desempeño de las distintas áreas de gobierno.

El momento elegido fue sumamente oportuno si se tiene en cuenta que el Congreso argentino está en mora desde hace tiempo con la tarea de dar forma a una ley de acceso a la información.

Goldberg hizo hincapié en que esta ley contempla y ampara un derecho fundamental de toda la población, no sólo de algunos sectores como podría ser el del periodismo, desde el momento en que cualquier ciudadano puede presentarse ante una oficina pública de gobierno y, cumpliendo con la reglamentación exigida, solicitar datos que necesite y que competan a esa área.

El punto referido a la reglamentación es muy importante, porque define los alcances de la ley, establece los criterios para su instrumentación y señala las herramientas y los recursos para el ejercicio efectivo de este derecho. En cuanto a la aplicación concreta de la ley en los Estados Unidos –la FOIA (por sus siglas en inglés) fue promulgada el 4 de julio de 1966, a pesar de que el entonces presidente Lyndon B. Johnson no la consideraba indispensable–, algunos ejemplos aportados por el visitante no dejaron dudas sobre su efectividad, como que a partir de un pedido de información se descubrió que de 1200 represas sólo 33 tenían previsto cómo actuar ante una emergencia.

De lo cual resulta fácil concluir que ese mayor acceso a la información de parte de la ciudadanía redunda en una mayor eficiencia de la administración pública, ya que las agencias del gobierno deben publicar abiertamente y en forma diaria cierta información, además de contar con personal especialmente capacitado para orientar a los ciudadanos en cómo o dónde buscar la información.
La experiencia norteamericana permite reflexionar, en perspectiva, cuáles pueden ser los principales impedimentos que surjan para su ejercicio. Goldberg no dejó de recordar que para que la ley funcione en forma correcta es fundamental que se invierta en presupuesto y fiscalización, un tema siempre delicado para cualquier gobierno de cualquier país. En el caso concreto de la Argentina, hay que recordar que si bien el proyecto de ley de acceso a la información cuenta ya con media sanción de la Cámara de Diputados desde mayo de 2003, si no es aprobado por el Senado en el presente período de sesiones ordinarias, esto es, hasta noviembre, perderá estado parlamentario.

Lamentablemente, como la historia reciente de nuestro Congreso cuenta con tantos ejemplos de proyectos de ley vitales para la vida del país cuyo tratamiento se demoró repetidas veces, es legítimo que todos los sectores involucrados en llevar adelante este proyecto teman que se malogre una vez más. Además, aunque en diciembre de 2003 el Presidente emitió el decreto 1172/03, donde se reglamenta el derecho de acceso a la información en el ámbito del Poder Ejecutivo, éste no alcanza a la información en el ámbito del Poder Legislativo ni en el del Poder Judicial.

No es justo que por la desidia o incompetencia de algunos de nuestros representantes se pierda la posibilidad de sanción de una ley que no sólo es indispensable para una sana vida republicana, sino que la necesidad de su existencia, reconocida en la Constitución Nacional, ha sido planteada por una pluralidad de voces surgidas de la sociedad civil, los medios de comunicación y representantes incluso de la propia clase política –fue la senadora Cristina Fernández de Kirchner, que preside la Comisión de Asuntos Constitucionales, la que se comprometió recientemente, en la comida de Adepa, a promover su rápida sanción–, como claro testimonio de que los argentinos estamos aprendiendo a vivir la democracia como un derecho que ninguna administración puede permitirse arrebatarnos.

miércoles, julio 28, 2004

SITIOS DESTACADOS DE INFORMACIÓN PUBLICA

http://www.accesoalainformacion.org/
Portal argentino dedicado a informar del acceso a la información pública en el país trasandino y el resto de América Latina. También entrega la normativa de acceso a la información pública de México, Panamá, Perú y Ecuador


http://www.ifai.org.mx/
A partir de la entrada en vigor de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México, más de 250 dependencias y entidades del gobierno federal tienen la obligación de atender tus solicitudes de información. El sitio fue creado en junio de 2003, y desde entonces más de medio millón de usuarios han visitado el web. También desde el web se puede consultar la Ley de Transparencia Mexicana.

http://www.ceaipes.org.mx/
Corresponde al sitio oficial de la Comisión Estatal para acceso a la información pública de México. Muy completa es su sección búsqueda, que entrega una enormidad de recursos online.

http://ap.concytec.gob.pe/oficinas/administ/web/2002/dl/L806.pdf
En formato PDF se puede acceder a la LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA de Perú.

http://probidad.org/regional/directorios/proyectos/derinfo.html
Directorio de organizaciones latinoamericanasque abogan por el acceso a la información

http://www.participa.cl
Esta organización de la sociedad civil está trabajando en dos proyectos que promueve el acceso a la información, uno de estos se llama "Fortalecimiento del Acceso a la Información y Participación Ciudadana en Asuntos Ambientales de Chile y México".

www.probidad.sv.org/libexp
Es una organización que promueve la anticorrupción y la libertad de expresión al nivel regional y en El Salvador. En El Salvador, además de defender a los periodistas y abogan contra legislación y fallos judiciales que socavan la labor periodística, Probidad diseña, desarrolla y proporciona asistencia técnica a iniciativas - talleres, foros, boletines, legislación, etc. - que promueve el acceso a la información pública.

http://www.portal-pfc.org/libexp, http://www.portal-pfc.org
Es una iniciativa regional que, entre otras cosas, monitorea, promueve y defiende el acceso a la información en los países de habla hispana de América Latina (menos Cuba). Proporciona referencias y asistencia técnica para estudiar y preparar anteproyectos de ley, difunde información sobre acciones legislativas y judiciales en favor del derecho al acceso a la información, y protesta y hacen campañas para involucrar otras organizaciones en presionar contra iniciativas que obstaculicen el acceso a la información pública.

http://freedominfo.org
Esto es un servicio integrado que brinda información actualizada de leyes de libertad de información de los países, cómo se preparan y se ponen en práctica y las implicaciones prácticas de esas leyes. El sitio web se describe como la "memoria institucional en línea de las campañas de libertad de información en todo el mundo".

http://www.sbn.gob.pe/sbn1/westadisticas/pags-centrales/pag_princ_transparencia4.htm
En esta página usted encontrará información actualizada sobre el manejo institucional y presupuestal de la información pública en Perú. Con Transparencia y Acceso a la Información Pública, la SBN está rindiendo cuentas a quienes se debe, de conformidad con los dispositivos legales vigentes, para una política de transparencia que es imprescindible para promover la eficiencia en el Estado y una mejor fiscalización ciudadana.

http://www.libertad-prensa.org/pulso.html
La oficina de Buenos Aires de la Fundación Konrad Adenauer ha realizado un profundo estudio sobre el acceso a la información pública en Argentina, México, Perú y Uruguay, con sorprendentes resultados, tanto para bien como para mal. El informe confirma las enormes dificultades que enfrentan los periodistas para realizar su labor primaria, escrutar las actividades del gobierno. Pero al mismo tiempo, revela cómo los reporteros, pese a los obstáculos, se las arreglan para conseguir información de las herméticas burocracias latinoamericanas.

http://www.funcionpublica.gob.mx/leyes/transparencia.html
Recursos online de información pública en México

http://www.kas.de/proj/home/pub/63/4/year-2004/dokument_id-4410/
Este trabajo realizado por tres abogadas argentinas, Cornelia Schmidt Liermann, Dolores Lavalle Cobo y Marta Rovere, es un análisis detallado sobre el estado del acceso a la información pública en estos cuatros países representativos de la situación latinoamericana. El estudio completo está en PDF y pesa 2 megas.

Mesa del Senado chileno llamó a apoyar proyecto de transparencia de la función pública

 Recodaron que la actual legislación chilena ha resultado ser, en la práctica, incompleta e ineficaz, debido a que la misma Ley de Probidad, recientemente promulgada, dispone que uno o más reglamentos que establecerán los casos de secreto o reserva de la documentación de la gestión del Estado.
VALPARAISO.- ’’Queremos convertir en cristal los muros de los edificios públicos’’, dijeron los senadores Hernán Larraín (UDI) y Jaime Gazmuri (PS), presidente y vicepresidente de la Cámara Alta al dar a conocer el proyecto de ley que están impulsando sobre el Acceso a la Información Pública a fin de regular en forma efectiva el derecho de la ciudadanía a conocer la información sobre toda actividad pública.
Por ello formularon un llamado al Ejecutivo y a sus pares en el Parlamento ’’a que se aboquen intensamente al estudio de esta iniciativa, con el fin de que en el más breve plazo, demos un paso decisivo en nuestros esfuerzos por acercar a la ciudadanía a la función pública’’.Recodaron que la actual legislación chilena ha resultado ser, en la práctica, incompleta e ineficaz, debido a que la misma Ley de Probidad, recientemente promulgada, dispone que uno o más reglamentos establecerán los casos de secreto o reserva de la documentación de la gestión del Estado, lo que ha constituido ’’una seria barrera al derecho de acceso a la información pública’’.

Instituciones estatales incumplen Ley de Acceso a la Información en Perú

 La mayoría de los ministerios y gobiernos regionales cumplen con la Ley de Acceso a la Información y Transparencia, sostuvo el presidente de la Comisión Nacional Anticorrupción de Perú, Juan Paz.
En ese sentido, dijo que un estudio realizado demostró que en los diferentes portafolios se cumple con esa norma, mientras que en 23 de los 25 gobiernos regionales sucede lo mismo.
Agregó que los 25 gobiernos locales correspondientes a las capitales de regiones, 9 incumplen la ley, lo que significa un retraso en el cumplimiento de la legislación.
El citado funcionario destacó que los gobiernos regionales hagan pública la información sobre el manejo institucional a través de sus portales en internet, en los que se puede encontrar todo lo referido a licitaciones, el manejo económico y financiero de esas instituciones.
Sobre la participación de la sociedad civil indicó que se vienen formando redes de vigilancia social para intervenir en el proceso de compras de bienes que realiza el Estado, observando que todo se haga de acuerdo a ley.

domingo, julio 25, 2004

Reformas indispensables

El 9 de junio, el senador mexicano César Camacho Quiroz presentó dos iniciativas en materia de transparencia y acceso a la información pública.
Se trata en realidad de una reforma integral sobre transparencia y acceso a la información pública, pues comprende una modificación constitucional y una revisión muy importante del texto vigente de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).

La primera parte, el rubro constitucional, reconoce una tendencia que en el derecho público mexicano se ha desarrollado a partir de construcciones orgánicas y estructuras institucionales que han roto el hito tradicional de la tripartición del poder público. Así, recordemos los casos del Instituto Federal Electroral, de la Comisión Naciconal de Derechos Humanos y, de algún modo, el del actual Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Esta tendencia a la que aludimos refiere un primer paso en el que se crea un órgano ad hoc con competencia técnica y especializada, pero que los niveles de autonomía o por decirlo de otro modo, de una limitante sana y respetuosa entre dichos órganos y el Poder Ejecutivo federal no está muy bien definida. Lo que es proclive a claroscuros y tonos grises que, por un lado, permiten lagunas y vacíos jurídicos que afectan el actuar cotidiano de la institución en curso y, por el otro, genera un problema de incredulidad o, en el mejor de los casos, de una legitimidad a medias y no bien cimentada.

El siguiente paso corresponde, tras el éxito de las acciones y funciones realizadas, a un grado de autonomía que en el Estado moderno, sólo la Constitución como ley suprema puede conceder. En otras palabras, hablamos de un giro absoluto en la naturaleza jurídica de estas instituciones dotándolas de autonomía constitucional, esto es, un estatuto a la par de los tres Poderes de la Unión, sin perjuicio de la rendición de cuentas y la fiscalización a la que deben someterse, particularmente dentro de la esfera congresional.

Este proceso evolutivo de las novedosas instituciones democráticas en nuestro país es retomado por la primera de las iniciativas de marras: otorga al IFAI el carácter de órgano constitucional autónomo y en términos muy similares al caso del IFE (en el artículo 41 de la Carta Magna), la propuesta del senador Camacho Quiroz lo establece en el artículo sexto de la Constitución.
En consonancia con esta elevación de rango supremo, la iniciativa considera a los consejeros (actualmente comisionados) como sujetos de juicio político en términos del artículo 108 fundamental.

Debemos recordar que el régimen vigente del IFAI y sus comisionados es el de un organismo descentralizado de la administración pública federal, pero que goza de autonomía técnica, presupuestaria y decisoria.
Pero, para crear un órgano constitucional autónomo, la envergadura de dicho estatuto implica necesariamente la concesión y reconocimiento de facultades y funciones de la misma importancia. Como sabemos, el IFAI actualmente sólo es autoridad frente a la administración pública federal, no así ante los llamados otros sujetos obligados por la LFTAIPG: los poderes Legislativo y Judicial, los órganos autónomos constitucionales y tribunales administrativos. Con la segunda iniciativa, el senador Camacho Quiroz contempla al nuevo IFAI como autoridad federal máxima sin mayor limitante que la consigna de transparentar los recursos públicos federales sin importar el sujeto al que obliga.

Aunado a lo anterior, los sujetos obligados por la LFTAIPG en términos de la propuesta senatorial, se incrementan bajo la competencia del IFAI: partidos políticos, sindicatos, asociaciones y organizaciones de la sociedad civil, estados y municipios, ejidos, comunidades agrarias; en suma, toda aquella entidad, ya de derecho público, ya de derecho privado, que disponga de recursos provenientes del erario federal. Y esto tiene un sentido de explicación por demás sencillo: si el recurso público erogado por el Estado no es más que el ingreso que obtiene por la vía del pago de impuestos, el ciudadano tiene derecho a exigir una rendición de cuentas transparente y a recibir la información relativa al buen uso de los dineros públicos.
Este enorme abanico de funciones, necesario sin duda, presenta un primer problema: ¿qué acontece con el Poder Judicial de la Federación, en particular, con la Suprema Corte de Justicia de la Nación? Siendo sujeto obligado, sometido a la competencia del IFAI y prevista la posibilidad de impugnar las decisiones del instituto por la vía del amparo ante el propio cuerpo judicial es probable que genere algunos círculos viciosos en mayor demérito del IFAI que de la SCJN.

En otro aspecto, es de reconocerse que la iniciativa en cuestión, particularmente la de nivel ordinario, ha recogido la labor que actualmente desempeña el IFAI tanto por lo que hace a los diversos lineamientos que ha expedido como por los criterios decisorios que a un año de ejercicio se han emitido. Esto podemos constatarlo en los rubros de obligaciones de transparencia, las causales de información clasificada como reservada y confidencial de datos personales.
Por último, ante el primer informe anual que el IFAI presentó al Congreso de la Unión la iniciativa del senador Camacho Quiroz establece que el citado informe debe ser rendido ante el Senado de la República, lo cual resulta coherente con la fórmula de nombramiento retomada de la concepción hamiltoniana de El Federalista, esto es, nombramientos de corresponsabilidad entre el Ejecutivo y el Senado.

Esperamos que estas dos iniciativas, que esta reforma integral en materia de transparencia y acceso a la información pública gubernamental logre sus objetivos en términos de ser una propuesta progresiva y defina de una vez por todas los alcances que el IFAI y la LFTAIPG tienen como valladar ante los impulsos retrógradas de propuestas legislativas que en aras de conceptos como la seguridad nacional obstruyan el camino a una de tantas vertientes del proceso democratizador en México.

Consulte la iniciativa del senador César Camacho Quiroz.

sábado, julio 24, 2004

Impulsan en México con tecnología mejoras en transparencia

Con el propósito de incentivar una serie de cambios en el interior de las dependencias federales que permitan hacer públicos los actos de la administración, funcionarios del gobierno federal participarán en el Segundo Foro sobre Transparencia y Tecnologías de Información que organiza el Foro de la Nueva Economía (Fone).

En entrevista con EL UNIVERSAL de México, el director del Fone, Gabriel Grinberg, aseguró que la institución busca vincular la administración pública con la oferta de las nuevas tecnologías, que a través de softwares probados en otras dependencias ayudarán al manejo, procesamiento y difusión de la información pública.
Además, los funcionarios asistentes podrán conocer las soluciones electrónicas disponibles en el mercado, que permiten atender los requerimientos de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información.
El Fone es una organización independiente creada hace tres años, y que no tiene ninguna relación con el gobierno; sin embargo, trabaja muy de cerca con éste sobre temas trascendentes en la administración pública, con el fin de crear una plataforma sólida en la función pública, indicó su director Gabriel Grinber.
En este foro participarán aproximadamente 400 funcionarios del gobierno de diferentes niveles como presidentes, directores, oficiales mayores y directores de capacitación, de distintas dependencias como la Secretaría de Educación Pública, el Instituto Mexicano del Seguro Social, la Secretaría de Salud, la Comisión Nacional del Deporte, representantes de los gobiernos de Hidalgo, Michoacán, Morelos y el estado de México, entre otros, con el fin de promover el uso de tecnología en el manejo de la información de la administración pública.

Dentro de los ponentes se encuentran María Marván Laborde, comisionada presidenta del Instituto Federal de Acceso a la Información; José Octavio López Presa, comisionado del Instituto Federal de Acceso a la Información, y Raúl de la Parra Muñoz, director general adjunto de la Unidad de Gobierno Electrónico y Político de Tecnologías de la Información de la Secretaría de la Función Pública.